Pactos prematrimoniales válidos:
el Tribunal Supremo refuerza la autonomía de los cónyuges en caso de divorcio

Inicio » Blog » TC: Nulidad de sentencia que, sin motivar, fijaron la pensión de alimentos en un 10% de ingresos.

Los pactos firmados antes del matrimonio, donde ambas partes renuncian expresamente a reclamaciones económicas en caso de divorcio, son plenamente válidos si se cumplen ciertos requisitos. Así lo ha declarado el Tribunal Supremo en una reciente sentencia que refuerza la seguridad jurídica en el ámbito de las crisis matrimoniales.

¿Qué se pactó antes del matrimonio?

La Sentencia del Tribunal Supremo 362/2023, de 13 de marzo, resuelve un caso en el que dos personas firmaron un pacto prematrimonial antes de casarse. En él, ambas partes acordaban que, en caso de divorcio, renunciaban mutuamente a reclamar bienes, derechos u obligaciones económicas, sin importar los ingresos que tuviera cada uno.

Además, ambos reconocieron tener formación y cualificación suficientes para mantenerse económicamente de forma independiente, y se comprometieron a contribuir proporcionalmente a los gastos comunes del matrimonio.

¿Qué ocurrió tras el divorcio?

Tras la ruptura, fue la esposa quien interpuso demanda de divorcio, solicitando:

  • Una pensión compensatoria de 800 € mensuales durante dos años o un pago único de más de 71.000 €.

  • Una indemnización por trabajo doméstico de 51.200 €, en aplicación del artículo 1438 del Código Civil.

Alegó que, aunque firmó el pacto, las circunstancias cambiaron durante la convivencia, pues se dedicó al cuidado del hijo mientras el padre incumplía el acuerdo de reparto equitativo de responsabilidades.

Decisiones judiciales: ¿qué dijeron los tribunales?

1. Primera Instancia (Juzgado nº 23 de Madrid)

El juez rechazó las reclamaciones económicas de la esposa, considerando válido y eficaz el pacto prematrimonial, por haber sido libremente firmado y respaldado por los artículos 1255 y 1323 del Código Civil, que permiten pactos entre cónyuges.

2. Audiencia Provincial de Madrid (Sección 24)

Modificó parcialmente la decisión. Reconoció que, si bien los pactos prematrimoniales son válidos, no pueden aplicarse ciegamente si generan situaciones de desigualdad o desequilibrio.
Así, concedió:

  •  Una pensión compensatoria de 500 € mensuales durante tres años.

  • Una indemnización por trabajo doméstico de 30.000 €.

La clave: la madre asumió el cuidado exclusivo del hijo, y el padre no cumplió con su parte del acuerdo.

¿Qué resolvió finalmente el Tribunal Supremo?

El esposo recurrió en casación y el Tribunal Supremo le dio parcialmente la razón, anulando las compensaciones económicas.

Claves de la decisión:

  • Los pactos prematrimoniales en previsión de divorcio son válidos si:

    • Se firman libremente y con conocimiento.

    • Cumplen los requisitos de los contratos (art. 1261 CC).

    • No vulneran principios constitucionales u orden público (arts. 1255 y 1328 CC).

  • La esposa no alegó vicios del consentimiento, ni demostró estar en una posición de inferioridad o desconocimiento al firmar.

Nos encontramos ante unos pactos en previsión de una crisis matrimonial, plenamente admisibles […] siempre que respeten los límites infranqueables que resultan de la Constitución y del resto del ordenamiento.

¿Qué implica esta sentencia para futuras parejas?

  • Esta decisión del Tribunal Supremo refuerza la validez y eficacia de los pactos prematrimoniales, siempre que:

    • Se firmen con libertad y transparencia.

    • Ambas partes sean conscientes de su contenido y consecuencias.

    • No supongan una renuncia inaceptable a derechos fundamentales.

    Es una garantía jurídica para parejas que desean regular sus relaciones económicas de antemano, y también un recordatorio de que los tribunales valorarán caso por caso si se han cumplido las condiciones para aplicar esos pactos en caso de divorcio.

¿Vas a casarte y quieres dejarlo todo claro desde el principio?

  • Como despacho de abogados de familia, podemos ayudarte a:

    • Redactar un pacto prematrimonial válido y ajustado a tus circunstancias.

    • Evaluar si puedes impugnar o defender un pacto ya firmado.

    • Actuar en procedimientos de divorcio donde hay pactos de renuncia o compensaciones económicas.

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